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Veda electoral: qué está prohibido y qué se puede hacer antes de las PASO

Qué actividades no se pueden realizar hasta el domingo inclusive, los espectáculos populares y venta de alcohol son algunas de ellos.

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Desde este viernes 9 de agosto a partir de las 8 horas rige el período de 48 horas de veda electoral, es decir, dos días antes de que comience la votación del próximo domingo 11 de agosto, cuando se celebrarán las elecciones Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO).

La ley contempla un período previsto “para la reflexión del votante sin la influencia de la campaña electoral”, lo que incluye la prohibición de avisos publicitarios o cualquier otro acto de difusión, publicidad, presentación de planes, encuestas, y cartelería destinadas a la captación del sufragio. «Todo lo que esté orientado a convencer al votante está incluido en la veda», explicó Sebastián Schimmel, Secretario de la Cámara Nacional Electoral. “No puede haber convocatorias masivas durante el sábado ni el domingo.

Está prohibido el expendio de bebidas alcohólicas desde las 21 del sábado y durante el domingo. No está prohibida la fiesta, ni la apertura de teatros y cines”, aclaró Schimmel en diálogo con Luis Novaresio por Radio La Red. Respecto de la difusión de encuestas, detalló que luego de la última reforma de la ley de financiamiento electoral se amplió el plazo, por ese motivo la veda los sondeos de opinión comenzó ocho días antes de la elección, y se prolongará hasta tres horas después de concluida la jornada electoral, es decir, hasta el domingo a las 21 horas.

Las redes sociales son otro punto central en términos de veda electoral, y desde la CNE aclararon que “están incluidas” en la prohibición. “En lo que sea interpersonal no podemos inmiscuirnos, en redes cerradas como Whatsapp entre dos particulares, por ejemplo, salvo que haya publicidad formal contratada. Pero en redes abiertas rige la veda electoral como en los demás medios de comunicación: están prohibidas la publicidad y las publicaciones proselitistas que buscan la captación de sufragio”, explicó la autoridad de la Cámara Nacional Electoral.

Sin embargo, Schimmel explicó que “hay una frontera que queda en el ámbito de lo subjetivo” en términos de publicaciones en las redes sociales. “Es difícil determinar hasta qué punto una publicación es una acto proselitista o no”, planteó.

Qué está prohibido, según establece la Cámara Nacional Electoral: Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización: Los espectáculos populares al aire libre. Los espectáculos populares en recintos cerrados. (Sí estarán abiertos teatros y cines) Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral: Realizar actos públicos de proselitismo. La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

La publicación en medios de comunicación –sean estos audiovisuales, de radiodifusión, gráficos, Internet u otros- de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos. Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral: La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos. Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

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