Aquellos comercios que debido al aislamiento social, preventivo y obligatorio no pudieron desarrollar su actividad, no se les aplicará el incremento correspondiente a la cuota 3/2020 de la tasa por servicios generales. Esto se desprende de la aprobación de la ordenanza N° 426/2020.
Podrán acogerse al beneficio quienes cuenten con la habilitación municipal y tengan paga hasta la cuota 06/2019.
Como ya están emitidos los recibos, el Departamento Ejecutivo arbitrará los medios para el re cálculo del importe a abonar, según corresponda a cada caso.
Para más información acercarse a la Oficina de Rentas Municipal, de lunes a viernes de 08.00 a 13.00hs; o comunicarse a los teléfonos (0220)476-2260/3390.




