El Senado bonaerense aprobó el proyecto de ley de Alcohol Cero. La norma modifica el mínimo de alcohol permitido en sangre a la hora de conducir para garantizar la seguridad vial y salvar vidas.
La iniciativa, que fue trabajada como uno de los ejes principales de la gestión de la cartera de Transporte bonaerense, llega para modificar la Ley 13.927 del Código de Tránsito y crea tolerancia cero al volante en vehículos motorizados. De esa manera, se elimina el grado permitido de 500 miligramos de alcohol por litro de sangre.
Con la presencia del ministro de Transporte, Jorge D’Onofrio, y de familiares de víctimas de siniestros viales, el cuerpo de legisladores aprobó la iniciativa que sintetizó lineamientos de tres proyectos: uno que lleva la firma del gobernador Axel Kicillof, otro de autoría de José Luis Pallares (Frente de Todos) y un tercero elaborado por la senadora de Juntos, Claudia Rucci.
El alcohol está presente en uno de cada cuatro siniestros viales y es la primera causa de muerte de menores de 35 años. Además, durante 2022 hubo 6162 infracciones por alcohol al volante en rutas, calles y caminos de la provincia de Buenos Aires, según se desprende del informe anual del Observatorio Vial de Seguridad Vial del Ministerio de Transporte bonaerense.
De esta manera, la provincia de Buenos Aires se suma así a Chaco, Chubut, Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, La Rioja, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego y Tucumán con Alcohol Cero al volante.
ALCOHOL CERO AL VOLANTE: ¿CUÁNDO COMIENZA A REGIR Y CUÁLES SON LAS PENAS?
La modificación al Código de Tránsito bonaerense implica la aplicación de una política de tolerancia cero para todos los conductores de vehículos a los que se les detecte alcohol en sangre.
Así, se pasa de un tope de tolerancia de 0,5 gramos -500 miligramos- de alcohol en sangre a cero y, en base a los resultados de cada test de alcoholemia, se aplicarán las sanciones correspondientes.
Tras la aprobación de la normativa en la Cámara de Diputados provincial, esta comenzará a correr a partir del 2023, con penas más leves en el primer año de aplicación como período de transición.
Tal como indicaron desde la cartera de Transporte bonaerense, «durante el primer año de vigencia de la ley, las personas que conduzcan con una tasa de hasta 499 miligramos por litro de sangre serán sancionadas únicamente con la asistencia y aprobación de cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública».
Este criterio también aplicará a quiénes estén incurriendo en dicha infracción por primera vez en todo su historial, siempre con un límite de hasta 499 mg de alcohol en sangre en «cualquier tipo de vehículo».
Por su parte, tras cumplirse un año del inicio de la ley, las penalidades serán las siguientes para quienes conduzcan cualquier tipo de vehículo motorizado alcoholizado:
- Hasta 499 mg de alcohol en sangre: tres meses de inhabilitación para manejar.
- Entre 500 y 999 mg de alcohol en sangre: seis meses de inhabilitación para manejar.
- Entre 1000 y 1500 mg de alcohol en sangre: 18 meses de inhabilitación para manejar.
- Superior a los 1500 mg de alcohol en sangre: no podrán conducir por el lapso de 18 meses.
Además de la retención de la licencia, se prevén multas de hasta 180.000 pesos, arresto y obligatoriedad de asistir a cursos especiales de educación y capacitación para el correcto uso de la vía pública.
El proyecto aprobado avala a todo conductor de vehículos de todo tipo a ser evaluado de forma aleatoria para conocer si consumió alcohol o no. En caso de negarse, el proceso puede judicializarse y un tribunal obligaría a la realización del test. Sin embargo, todo individuo que se niegue a ser evaluado será considerado como «positivo».