En los últimos días, vecinos y consumidores de General Las Heras advirtieron sobre una práctica que comenzó a repetirse en algunos comercios locales: la aplicación de recargos adicionales cuando el cliente paga con tarjeta de débito, transferencia bancaria o mediante códigos QR.
Sin embargo, esta modalidad no está permitida por la normativa vigente, ya que los pagos con tarjeta de débito y transferencias inmediatas son considerados medios de pago equivalentes al efectivo, por lo que no corresponde aplicar ningún tipo de recargo sobre el precio exhibido al público.
En el caso de los pagos mediante billeteras virtuales o códigos QR, la operación implica una transferencia casi inmediata a la cuenta del comercio, por lo que tampoco se admite aplicar cargos extra al consumidor.
A pesar de ello, algunos comerciantes argumentan que los pagos electrónicos implican costos financieros, como comisiones de plataformas de pago o terminales POS, además de retenciones impositivas como IVA o Ingresos Brutos, que se aplican automáticamente cuando la operación queda registrada de forma digital.
No obstante, especialistas en defensa del consumidor remarcan que estos costos forman parte de la estructura del negocio y no pueden trasladarse al cliente mediante recargos en el precio. En la práctica, cuando se aplica un adicional por pagar con débito o transferencia, el comercio está intentando trasladar sus gastos operativos e impositivos al consumidor, algo que la legislación no permite.
Además, las compras que superen los $100 pueden ser abonadas con tarjeta de débito, y los comercios están obligados a aceptar ese medio de pago sin aplicar diferencias de precio.
Entre las ventajas de pagar con débito o medios electrónicos se destacan la mayor seguridad al evitar el manejo de efectivo, el acceso a promociones bancarias, el ahorro de tiempo y la posibilidad de llevar un mejor control de los gastos.
En caso de detectar irregularidades, los consumidores también cuentan con herramientas para realizar denuncias. Cada comercio debe exhibir el Formulario 960 – Data Fiscal, que incluye un código QR con la información fiscal del establecimiento.
Escaneando ese código desde un teléfono celular se puede acceder a los datos del comercio y realizar una denuncia si no se entrega un comprobante válido o se detectan prácticas irregulares, como el cobro de recargos indebidos, en defena al consumidor, ARCA y ARBA
Desde organismos de control recuerdan que ningún banco cobra recargos al cliente por pagar con débito o transferencia, por lo que cualquier adicional aplicado por el comercio constituye una práctica irregular que afecta a los consumidores.




