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General Las Heras

El Gobierno confirma tres feriados puente en 2025.

La medida busca revitalizar un sector golpeado tras un año complicado y promover el movimiento económico en destinos locales. Diferencia clave entre feriado nacional vs. día no laborable.

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En un intento por reactivar el turismo interno tras un 2024 difícil para el sector, el Gobierno Nacional anunció la implementación de tres feriados puente con fines turísticos para 2025. La decisión, oficializada a través del Decreto 1027/24 y firmada por el presidente Javier Milei, marca un claro objetivo: impulsar el movimiento en destinos locales y reducir los efectos negativos de la estacionalidad.

Aunque el calendario oficial del próximo año aún no ha sido publicado en su totalidad, esta iniciativa garantiza al menos tres fines de semana largos en 2025, generando expectativas positivas entre operadores turísticos y comerciantes locales. Según el decreto, los días no laborables serán clave para «incentivar el turismo interno», una industria que, según datos recientes, representa una de las principales fuentes de ingresos para muchas provincias.

Los días no laborables con fines turísticos de 2025 serán el (viernes) 2 de mayo, por el Día del Trabajador, el (viernes) 15 de agosto, por el Paso a la Inmortalidad de José de San Martín, y el (viernes) 21 de noviembre, por el Día de la Soberanía Nacional.

El calendario de feriados en Argentina está regulado por la Ley 27.399. Ahí quedaron establecidos los 12 feriados nacionales inamovibles y los 4 trasladables. La misma norma faculta al Poder Ejecutivo Nacional a fijar tres días feriados o no laborables destinados a promover la actividad turística. Esos son los que quedaron fechados en el Decreto.

Vale recordar que a fines de junio el presidente de la Cámara Argentina de Turismo (CAT), Gustavo Hani, salió a pedir que se cree un nuevo fin de semana largo. Su idea era «poder acompañar al sector» en una temporada baja y de crisis. La solicitud contó con el apoyo del intendente de Villa GesellGustavo Barrera, pero no tuvo suerte.

Feriado nacional vs. día no laborable: diferencias clave

Los feriados nacionales están regulados por la Ley de Contrato de Trabajo y la Ley 27.399, y exigen el pago doble para quienes trabajen, aplicando las normas del descanso dominical. En cambio, los días no laborables, como los establecidos en el último decreto, no obligan al empleador a otorgar descanso ni a pagar un adicional, dejando la decisión en manos de la empresa.

Calendario de días no laborables, según la Ley 27.399

Feriados nacionales inamovibles

  • Miércoles 1° de enero: Año Nuevo
  • Lunes 3 y martes 4 de marzo: Carnaval
  • Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia
  • Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
  • Viernes 18 de abril: Viernes Santo
  • Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador
  • Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
  • Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
  • Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia.
  • Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
  • Jueves 25 de diciembre: Navidad

Feriados nacionales trasladables

  • Martes 17 de junio (según la ley, se correría al lunes 16): Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
  • Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
  • Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • Jueves 20 de noviembre (según la ley, se correría al lunes 24): Día de la Soberanía Nacional

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