El Gobierno nacional, a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, habilitó la compra y tenencia de fusiles semiautomáticos de uso civil condicional, medida que marca un cambio significativo en el régimen de control de armas en la Argentina. La disposición, impulsada por la administración de Javier Milei, deja sin efecto la prohibición vigente desde la década del ’90 y establece un nuevo marco regulatorio bajo la órbita del Registro Nacional de Armas (RENAR), dependiente del Ministerio de Seguridad.
La normativa permite que legítimos usuarios y entidades de tiro puedan adquirir y poseer armas semiautomáticas alimentadas con cargadores removibles, entre ellas fusiles o subametralladoras derivadas de modelos militares, de calibres superiores al .22 LR. Sin embargo, el acceso estará limitado a quienes puedan demostrar un uso deportivo comprobado y cumplir con una serie de exigencias formales.
Según el texto oficial, la resolución busca reemplazar la prohibición por un sistema de control más preciso, basado en la trazabilidad y en la justificación deportiva de la tenencia. El RENAR asume un rol central en la fiscalización y aplicación de la Ley Nacional de Armas y Explosivos N° 20.429, consolidando los procedimientos tras la derogación del viejo régimen.
Entre los requisitos establecidos para la adquisición y tenencia de estos fusiles se destacan:
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Identificación completa del arma, detallando tipo, marca, modelo, calibre, CUIM y número de serie.
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Sector de guarda tipo G2, aprobado como sistema seguro de almacenamiento.
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Declaración jurada que justifique la solicitud, acompañada por documentación probatoria y fotografías del arma.
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Pago de tasas equivalentes al trámite de “Tenencia Exprés” y la Tarjeta de Consumo de Municiones (TCCM).
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Acreditación de uso deportivo, mediante certificación de entidad de tiro, representación en competencias o aval de una institución habilitada.
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Ausencia de sanciones o trámites pendientes ante el RENAR.
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Antigüedad mínima de cinco años como legítimo usuario de armas de uso civil condicional.
Además, la autoridad de control podrá requerir elementos adicionales de evaluación antes de otorgar la autorización.
El cambio no surgió de forma repentina. En junio de este año, el Ejecutivo había dado el primer paso al derogar un decreto firmado durante la presidencia de Carlos Menem, que restringía la compra y transferencia de fusiles semiautomáticos a usuarios civiles. Aquella norma solo admitía excepciones con autorización del Ministerio de Defensa, algo que en la práctica resultaba casi imposible.
La administración Milei, defiende la decisión como parte de una “modernización del control de armas” y de una política orientada a fortalecer la libertad individual. Pero en un país atravesado por altos índices de violencia y delitos cometidos con armas registradas, la pregunta que se impone es si el Estado podrá garantizar que esta “libertad” no termine convirtiéndose en una nueva fuente de inseguridad.
Con la nueva resolución, el Gobierno formaliza el mecanismo que habilita la adquisición y tenencia de este tipo de armas, bajo un sistema de permisos especiales y fiscalización directa. La medida representa un cambio de paradigma en materia de política armamentista civil, alineado con la idea de que el Estado debe controlar, pero no prohibir, un principio que la gestión de Javier Milei ha expresado reiteradamente en otros ámbitos.




