spot_imgspot_img

Ganancias: ¿Como y cuando se aplicará el descuento?

Resolución de la AFIP: se cobrará en dos coutas junto a los sueldos de agosto y septiembre, tras el aumento del 20% del mínimo no imponible.

spot_imgspot_img
spot_imgspot_img

El saldo a favor generado tras el aumento del 20% del mínimo no imponible del Impuesto a las Ganancias se cobrará en dos cuotas junto a los sueldos de agosto y septiembre. El anuncio de AFIP forma parte del paquete de medidas que tomó el gobierno tras la derrota en las PASO y la suba del dólar.

La nueva normativa pertenece a la resolución general 4546 que subió el mínimo del salario base a partir del cual se paga el impuesto. Asimismo, estableció una deducción especial para la cuarta categoría de Ganancias, tal como anunció el presidente Mauricio Macri la semana pasada.

Sin embargo, no se actualizaron las escalas ni otras deducciones, como el alquiler de vivienda, empleo doméstico o cargas familiares. La modificación beneficiará a 1,9 millones de trabajadores en forma de dependencia y a 400.000 jubilados, según los datos oficiales.

Impacto en pesos

Resulta útil medir el impacto en pesos para este mismo trabajador. En el caso del casado estaba pagando un promedio de $3190 por mes. Ahora pasaría a pagar $1440. Es decir que recibiría $1750 adicionales por mes desde septiembre y hasta diciembre, equivalentes al 2,3% de su ingreso mensual promedio. Además, debe recibir entre septiembre y octubre una devolución de $14.000.

Por su parte, el trabajador soltero tendría un ahorro mensual de $2290, equivalente al 3% de su ingreso. En este caso, el monto de la devolución de lo que pagó de más anticipadamente superaría los $18.300. En síntesis, el trabajador asalariado casado con dos hijos tendría un ingreso mensual extra del orden de los $8750 durante los próximos dos meses, considerando devolución y ahorro ($11.400 para el soltero), señala Nadin Argañaraz en La Nación.

Claro que este dinero extra, que irá al bolsillo de los trabajadores asalariados, tiene como contraparte la pérdida de recaudación por parte de los gobiernos nacional, provinciales y municipales, dado que se trata de un impuesto coparticipable.

Al tratarse de un impuesto anual, y como los trabajadores abonaron una diferencia de más, la AFIP realizará las devoluciones correspondientes con los sueldos a cobrar los primeros días de septiembre y octubre, en partes iguales. Dado que los cambios rigen a partir de septiembre, puede que aquellas empresas que abonen los salarios de agosto hasta el 31 de este mes inclusive, lo hagan sin tener en cuenta las actualizaciones. En cuyo caso, el alivio llegaría recién al mes siguiente.

Fuente:ipprofecional

spot_imgspot_img
spot_imgspot_img

Notas Relacionadas

spot_img
spot_img
spot_img
spot_img

Ultimas Noticias