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Islas Malvinas: Casación anuló la resolución que declaró imprescriptibles las torturas en Malvinas

Jorge Ferrante está acusado de haber estaqueado entre 12 a 18 horas al soldado Julio César Más. El CECIM La Plata y la CPM acudirán a la Corte Suprema de Justicia de Nación para rebatir el fallo de Casación.

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Con el voto de los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña, La sala I de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar al recurso presentado por la defensa de Jorge Ferrante y anuló el fallo de la Cámara de Comodoro Rivadavia que había declarado la imprescriptibilidad de las torturas cometidas en las Islas Malvinas por tratarse de crímenes de lesa humanidad y había confirmado al llamado a indagatoria de Ferrante. En disidencia, la jueza Ana María Figueroa destacó la obligación del Estado, frente al derecho internacional, de investigar estos delitos. Cuando ya hay tres militares procesados, mientras se están realizando otras indagatorias, esta decisión de Casación busca nuevamente cimentar el camino de la impunidad. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), querellante institucional en la causa, acompañará el recurso del CECIM La Plata ante la Corte Suprema de Justicia.

Las torturas del soldado Julio Más

Jorge Ferrante está acusado de haber estaqueado entre 12 a 18 horas al soldado Julio César Más, quien recién fue liberado por un compañero cuando comenzó un bombardeo británico. En 2018, la Cámara Federal de Comodoro Rivadavia declaró que las torturas cometidas en las Islas Malvinas eran crímenes de lesa humanidad y confirmó el llamado a indagatoria de 26 militares, Ferrante era uno de ellos.

Sin embargo, por mayoría de 2 a 1, la sala 1 de Cámara Federal de Casación Penal falló a su favor y anuló lo resuelto por el tribunal de segunda instancia en 2018. En consonancia con la defensa militar, los jueces Daniel Petrone y Diego Barroetaveña consideraron que Ferrante estaba alcanzado por una sentencia de 2009 de la misma sala de Casación –integrada por otras autoridades–, que sostuvo en el caso Taranto la extinción de la acción penal por prescripción.

Para fundar su decisión, Petrone y Barroetaveña consideraron aplicable aquel antecedente porque se trataba de una causa conexa y que, por lo tanto, los delitos que se le imputan a Ferrante ya fueron cosa juzgada.

Una medida que no va al fondo

Si bien los jueces sostienen que su decisión “no implica abrir juicio sobre la cuestión de fondo”, es decir si las torturas sufridas por los soldados argentinos en las Islas Malvinas son delitos de lesa humanidad; en los hechos, sus votos anulan la decisión de la Cámara de Comodoro Rivadavia que así los definió.

Para el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM) y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), querellantes en la causa, la decisión de los jueces es arbitraria; en primer lugar, porque el antecedente Taranto no puede resultar extensivo a hechos y personas que no fueron objeto de aquella resolución; por otra parte, porque la decisión desconoce el avance de la investigación penal ocurrido desde el momento de aquel fallo, 2009, hasta el presente.

Tres militares con procesamientos por torturas

Actualmente, hay tres ex militares con procesamiento confirmado por Cámara y más de diez audiencias indagatorias dispuestas para realizarse en las próximas semanas. La Casación no puede negar el estado de avance de la instrucción judicial.

Fuente: Comisión por la Memoria

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