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General Las Heras

La Provincia promulgó una reforma a la ley de adopción para agilizar los plazos judiciales.

La nueva normativa reduce de 180 a 90 días el tiempo máximo para declarar la adoptabilidad de un niño y refuerza el principio del Interés Superior del Niño.

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El Gobierno de la provincia de Buenos Aires promulgó este martes la Ley N° 15.610, que introduce modificaciones a la normativa de adopción vigente con el objetivo de agilizar los procesos, unificar criterios con la legislación nacional y fortalecer el principio del Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente.

Con su publicación en el Boletín Oficial, la Provincia oficializó lo aprobado por la Legislatura bonaerense a fines del año pasado, cuando se sancionó la modificación de la Ley de Adopción N° 14.528. El cambio central apunta a reducir los tiempos judiciales: el plazo para que un juez resuelva la situación de adoptabilidad de un menor pasa de 180 a 90 días.

La iniciativa fue impulsada por el senador de Unión por la Patria, Marcelo Feliú, y aprobada sobre tablas, con acompañamiento de legisladores del radicalismo.

Unificación de plazos y mayor celeridad

Entre los ejes principales de la reforma se destaca la intención de unificar los plazos con la normativa nacional, acelerar los dictámenes judiciales y administrativos, y garantizar el patrocinio jurídico gratuito durante todo el proceso, a cargo de abogados especializados en niñez y adolescencia.

La nueva ley también incorpora licencias especiales, tanto en el sector público como en el ámbito de los convenios colectivos de trabajo, destinadas a quienes transiten guardas preadoptivas, adopciones y trámites administrativos vinculados.

Los principales cambios de la ley de adopción

La reforma establece una serie de modificaciones concretas al procedimiento:

  • Se reafirma el patrocinio jurídico gratuito de letrados especializados en niñez y adolescencia, excluyendo la intervención de la Defensoría Oficial y garantizando que niños, niñas y adolescentes sean parte de los procesos administrativos y judiciales.

  • Se reduce de seis meses a 90 días el plazo máximo para que el juez resuelva la situación de adoptabilidad.

  • Se fija un plazo de 24 horas para que el organismo administrativo informe al juez interviniente cuando no se hayan identificado padres, familiares o referentes afectivos.

  • En ese mismo lapso, el organismo deberá presentar un informe completo con antecedentes, documentación y dictamen sobre la situación del niño, niña o adolescente.

  • El juez tendrá un plazo máximo de 90 días para dictar resolución sobre la adoptabilidad.

Con esta eforma, la Provincia busca reducir la burocracia, evitar demoras que prolongan situaciones de vulnerabilidad y garantizar procesos más rápidos y efectivos, poniendo en el centro el derecho de niños, niñas y adolescentes a vivir y crecer en una familia.

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