La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) informó del programa «Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado» donde las mujeres que hayan cumplido los 60 años y hayan tenido hijos, puedan completar sus años de aportes y jubilarse a partir del reconocimiento a su trabajo de cuidado de su familia.
Juan Manuel Cerezo, jefe de la oficina de ANSES de general las Heras, expresaba: » Gracias a este programa se repara una desigualdad histórica y estructural, se reduce la brecha de desigualdad de género y garantiza un derecho muy importante para más de 80 mamás de nuestro pueblo que hoy ya tienen más de 60 años y no podían acceder a la jubilación. Es un paso importante en la ampliación y mejora del sistema de jubilaciones».
«En solo 2 semanas ya pudimos iniciar más de 40 expedientes de jubilación de madres herenses. Agradezco a todas las mamás y sus familias y a los trabajadores de la oficina por intentar birndar la mejor atención».
«Esta medida pone en valor y reconoce el derecho al acceso a una jubilación”, aseguró el jefe de Anses
En ese sentido, el organismo dio una serie de precisiones sobre el programa que alcanzará a mujeres en edad de jubilarse -con 60 años o más-, que sean madres y no cuenten con los 30 años de aportes necesarios para acceder a una jubilación.
Los trámites para obtener el beneficio deberán gestionarse en la oficina de Anses de General las Heras o por turno a través de la web de Anses (www.anses.gob.ar) y, una vez otorgado, deberán acudir a la oficina que se le asigne con DNI; la o las partidas de nacimiento de los hijos o hijas; la sentencia de adopción si se trata de hijas o hijos adoptados; y, si la titular tiene hijas e hijos con discapacidad, el Certificado de Discapacidad (CUD).
«El reconocimiento computará 1 año por hijo o hija, 2 años por hijo o hija adoptado o adoptada siendo menor de edad, 2 años por hijo o hija con discapacidad y 3 años en caso de que haya accedido a una Asignación Universal por Hijo (AUH) por al menos 12 meses», detalló el organismo.
También se reconocerán los plazos de licencia por maternidad y de licencia por excedencia de maternidad a las mujeres que hayan hecho uso de estos períodos al momento del nacimiento de sus hijos o hijas.
Esta medida es compatible y, de ser necesario, puede complementarse con las moratorias vigentes.