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General Las Heras

El gobierno definió la fecha para la vuelta a la presencialidad de empleados estatales

Fue anunciado este martes a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial y firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Gabriela Castellani. Se trata de una "Presencialidad programada" para las y los empleados estatales de todo el país.

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Ante el avance del Plan Estratégico de Vacunación contra el COVID-19 en la Argentina y el descenso de casos positivos de la enfermedad, el Gobierno nacional anunció el retorno a la «Presencialidad programada» para las y los empleados estatales de todo el país. Fue a través de la resolución 91/2021 publicada este martes en el Boletín Oficial que incluye a todas y todos los trabajadores de la gestión pública.

En tanto, la medida firmada por la secretaria de Gestión y Empleo Público, Ana Gabriela Castellani, establece que «las y los agentes deberán prestar servicios en modalidad presencial programada según el ‘Protocolo Covid-19’ establecido por cada organismo de la Administración Pública Nacional». En diálogo con El Destape, Castellani confirmó que la medida regirá a partir del 1 de septiembre por lo que para dicha fecha deberán adecuar el protocolo en cada edificio estatal y preparar la presencialidad programada.

En tanto, para el retorno a la actividad laboral presencial serán convocados las y los trabajadores que hubieren recibido al menos la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en el país, independientemente de la edad y la condición de riesgo, transcurridos catorce días de la inoculación. En tanto, para retornar a la presencialidad, los trabajadores deberán ser notificada fehacientemente por su superior jerárquico a cada agente por lo menos 72 horas hábiles antes de su efectivo cumplimiento.

Según la resolución, quedarán exceptuados de la obligatoriedad del trabajo presencial, únicamente a los empleados con inmunodeficiencias (pacientes oncológicos, con HIV, trasplantados/as) y a las personas gestantes.

«Cuando por la adecuación al ‘Protocolo Covid-19’ aprobado por la ‘Comisión de Condiciones yMedio Ambiente de Trabajo’ (CyMAT) o por el protocolo que resulte aplicable según la normativa vigente, sea necesaria la alternancia de la modalidad presencial, se justificará la prestación de funciones bajo la modalidad detrabajo remoto», aclara el artículo 4.

Retorno a la presencialidad… by Gimeluz Figueroa

 

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